FORMATO DE ENCARGO
CONFERIDO
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Instructivo de llenado
de la declaración de encargo conferido al agente aduanal para
realizar operaciones de comercio exterior o su revocación
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1. Fecha de elaboración: Se indicará la fecha de llenado del formato.
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2. Clave del RFC: Se indicará la clave de RFC del importador a
trece posiciones tratándose de (personas físicas) y a doce
posiciones tratándose de (personas morales), para lo cual se dejará
el primer espacio en blanco.
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3. Datos de
identificación del importador: Se
indicará el nombre, denominación o razón social, tal y como aparece
en su aviso de inscripción al RFC o en el caso de existir cambio de
denominación, razón social o régimen de capital, indicará el
registrado vigente; indicar el domicilio fiscal registrado.
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4. Encargo que se
confiere:
Se indicará el nombre completo del agente aduanal, el número de la
patente aduanal o autorización del mismo, así como especificar la
vigencia que tendrá el mandato, en caso de indicar la opción “Otra”
se debe indicar la fecha en la que se desea termine la vigencia del
encargo. El encargo conferido se encontrará vigente a partir de que
la autoridad realice la incorporación de la patente aduanal en el
sistema correspondiente. Una vez que dicha patente es incorporada,
el agente aduanal debe realizar la aceptación o desconocimiento
electrónico, de conformidad con lo establecido en la regla 1.2.5.
Nota: En caso de haber
requisitado este rubro, se omitirá el llenado del campo número 5.
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5. Revocación del encargo
conferido:
Se indicará el nombre completo del agente aduanal, el número de la
patente aduanal o autorización del mismo y se especificará la fecha
(dd/mm/aaaa) a
partir de la cual le será revocada la autorización para realizar
operaciones de comercio exterior a nombre y por cuenta del
importador.
Nota: Cuando se llene este
campo, no se debe indicar ningún dato en el campo número 4.
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6. Datos del
representante legal: Se indicará claramente
el nombre completo del representante legal, su clave de RFC, correo
electrónico e indicar su Firma Electrónica Avanzada. Asimismo, se
indicará el número de escritura pública, el nombre y número del
notario público, la ciudad y la fecha, de la acreditación del
representante legal conforme al artículo 19 del Código.
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Este formato se deberá
registrar de la siguiente manera:
Electrónicamente a través de la página de Internet www.sat.gob.mx
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La ACOA, habilitará a los
agentes aduanales encomendados, en un plazo de 2 días hábiles,
contado a partir del día siguiente a la fecha de registro
electrónico del formato debidamente requisitado. Se entenderá que
la autoridad reconoce el encargo conferido cuando esté disponible
en la página de Internet: www.sat.gob.mx
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Teléfono
de Asistencia del Padrón de Importadores: 55
627 22 728 de Lunes
a Viernes de 9:00 a 18:00 hrs., desde
Estados Unidos y Canadá: 01
877 44 88 728
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Las empresas
transportistas que realicen operaciones de consolidación de carga
por vía terrestre bajo el régimen aduanero de tránsito interno u
operaciones de tránsito interno a la importación por ferrocarril,
deberán presentar personalmente ante la AGA o enviar por
mensajería, el documento mediante el cual se confiere el encargo a
los agentes aduanales para que puedan realizar sus operaciones,
asentando en la parte inferior del anverso de dicho formato la
leyenda que corresponda, de conformidad con el noveno o décimo
párrafo de la regla 1.2.5.
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Nota Importante
SE DEBERÁ LLENAR UN FORMATO POR CADA AGENTE ADUANAL AL QUE SE LE
CONFIERA O REVOQUE EL ENCARGO PARA REALIZAR OPERACIONES DE COMERCIO
EXTERIOR.
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